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FAQ Motor

¿Cómo puedo contratar un seguro de coche en Zurich Klinc?

Si es la primera vez que vas a contratar un seguro de coche con nosotros, sólo tienes que clicar en el botón “Calcula tu seguro” en la parte superior derecha de cualquier página de nuestra web. Si ya tienes un seguro de coche con Zurich Klinc, podrás hacerlo de manera mucho más rápida desde nuestra app Zurich Klinc, indicando tu usuario y contraseña.

¿Cómo puedo dar de baja un seguro de coche?

Lo primero que debemos hacer es diferenciar si lo que queremos es no renovar nuestra póliza o si, de lo contrario, lo que queremos es cancelar la póliza antes de su vencimiento.

Los contratos de seguro de coche son, por definición legal, de duración anual (independientemente de cómo se haya acordado fraccionar o no el pago). Si lo que quieres es no renovar tu contrato, debes notificárselo a Zurich Klinc con al menos 30 días de antelación de la fecha de vencimiento de tu póliza. En Zurich Klinc, a través de nuestra app y por email, te avisaremos de que tu póliza entra en periodo de renovación con 60 días de antelación, para que puedas aceptarla, modificar las condiciones permitidas o rechazarla.

Si lo que deseas es cancelar el contrato antes del vencimiento, deberás solicitarlo igualmente a través de la app de Zurich Klinc. Podrás solicitarlo si, por ejemplo, has vendido tu coche o lo has dado de baja en la DGT. En cualquier caso, te pediremos que nos adjuntes documentos que acrediten dicha situación.

¿Cómo puedo realizar la firma digital de mi póliza?

Para la formalización del contrato mediante la firma digital, el usuario deberá acceder a la app de Zurich Klinc.
Durante el proceso de contratación, el usuario deberá facilitar su Número de Identificación Fiscal (o su NIE), una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil válidos, de los que sea titular. A través de un email, se le facilitará una contraseña para que pueda acceder a la app de Zurich Klinc, introduciendo su documento de identidad (DNI o NIE).

En la app, encontrará un aviso de firma que le dirigirá a la página web del tercero de confianza para la firma digital del contrato. En dicha página, el usuario podrá consultar y descargar el Contrato, debiendo asimismo facilitar dos fotografías o copias escaneadas de su documento de identidad (o NIE), adjuntándolo según explica la página web.

Una vez se haya finalizado este proceso, el usuario podrá acceder a la app de Zurich Klinc y podrá descargar y acceder a su documentación, disponible y firmada.

¿Por qué es necesario hacer una inspección visual?

En ocasiones, necesitamos verificar el estado de tu vehículo para comprobar su estado y verificar datos. Un inspector se pondrá en contacto contigo por teléfono para que acordéis el día y el momento que mejor se adapte a ti. Todo se hará en formato digital, mediante una videollamada: solo tienes que tener tu teléfono móvil, contar con el vehículo y su documentación. Nuestros inspectores se ocupan del resto. Recordarte que, si se precisa la inspección visual y no quieres realizarla, no podremos asegurar tu coche.

¿Qué no cubre un seguro de coche a Todo Riesgo?

¿Tienes dudas sobre si elegir un seguro a Todo Riesgo o uno a Terceros Ampliado? Te contamos qué no cubre un seguro de coche a Todo Riesgo y cómo hemos traspasado estos límites en Zurich Klinc para que sepas qué seguro se ajusta más a ti.

La cobertura de daños propios es la singularidad que caracteriza a la cobertura a Todo Riesgo. Suele ocurrir que muchas personas creen que contratar un seguro de este tipo significa que, independientemente de lo que ocurra, la aseguradora nos indemnizará íntegramente el coste de los daños. Esta afirmación no es cierta ya que los seguros a Todo Riesgo tienen límites de cobertura basados tanto en factores temporales como la fecha de matriculación del vehículo y otras cuestiones relativas al conductor.

Existen algunas excepciones por las que ninguna compañía te compensará los daños propios, aunque tengas contratada una póliza a todo riesgo. Todos estos casos están relacionados con el factor humano de la conducción:

  • Cuando el tomador del seguro ha ocasionado el accidente bajo los efectos del alcohol o drogas.
  • Cuando el accidente se ha producido por una carga indebida del vehículo o se viaja con más pasajeros de lo que está permitido.
  • Si el automóvil siniestrado no ha pasado la ITV pertinente.
  • Si ha habido intencionalidad en el origen del siniestro.

En Zurich Klinc no dejamos nada al azar y por eso nos comprometemos a que sepas, desde el principio, tanto qué servicios podemos ofrecerte con nuestros seguros hasta qué no cubre un seguro a Todo Riesgo, sin letra pequeña ni complicaciones.

¿Qué no está asegurado en los seguros de Zurich Klinc?

  1. Los causados intencionadamente, con el vehículo o al vehículo, por el asegurado, salvo que el daño haya sido causado por estado de necesidad o para evitar un mal mayor.
  2. Los riesgos de carácter extraordinario cubiertos por el consorcio de compensación de seguros.
  3. Aquellos que se produzcan hallándose el conductor en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias análogas que alteren el estado físico o mental apropiado para conducir sin peligro. Las tasas de alcohol en sangre y aire expirado no podrán superar los límites legales vigentes. Esta exclusión no afectará al propietario del vehículo cuando el conductor sea asalariado suyo y no sea alcohólico o toxicómano habitual.
  4. Los producidos con ocasión de ser conducido el vehículo asegurado por una persona no autorizada, que carezca del correspondiente permiso o licencia o haya quebrantado la condena de anulación o retirada del mismo, con excepción de los derechos que para el asegurado se deriven de la cobertura de robo cuando esté amparada por la póliza. No obstante, cuando se trate de vehículos de escuelas de enseñanza de conducción, el seguro será válido también cuando aquéllos sean conducidos por los alumnos, siempre que vayan acompañados por un profesor legalmente autorizado o bajo la dirección y vigilancia del mismo.
  5. Cuando el conductor del vehículo asegurado causante del accidente sea condenado como autor del delito de «omisión del deber de socorro». Esta exclusión no afectará al propietario del vehículo cuando el conductor sea asalariado del mismo y sin perjuicio del derecho de repetición de la compañía contra dicho conductor.
  6. Los que se produzcan con ocasión del robo o uso indebido del vehículo, sin perjuicio de lo dispuesto en la garantía de robo.
    Siempre que la infracción haya sido la causa determinante de la producción del accidente, los que se produzcan cuando se hubiesen infringido las disposiciones del ordenamiento jurídico en cuanto a obligaciones de orden técnico relativas al estado de seguridad del vehículo, obligatoriedad de cinturón, casco y restantes elementos de seguridad, tiempos de circulación y descansos, requisitos y número de personas transportadas, peso y medida de las cosas o animales que pudieran transportarse o forma de acondicionarlas.
  7. Los que se produzcan con ocasión de la participación del vehículo asegurado en apuestas o desafíos o en actos notoriamente peligrosos, o criminales.
  8. Los que afecten o se deriven del remolque o caravana arrastrados por el vehículo asegurado. Esta exclusión no afecta a las garantías de responsabilidad civil de suscripción obligatoria y voluntaria, siempre que tal remolque o caravana se declaren en las condiciones particulares en la póliza y se abone la prima correspondiente.
  9. Quedan excluidos de la presente póliza cualquier cibersiniestro, ciberataque o ciberincidente, daños y perjuicios, responsabilidades, reclamaciones, costes y gastos de cualquier naturaleza que tenga por objeto la afectación indiscriminada, de forma puntual o a lo largo de un período, a grupos de personas o afectados.
  10. No quedan cubiertos con carácter general para todas las garantías, además de lo especificado en cada una de ellas, los siniestros ocurridos a causa de conflictos armados, guerra civil o internacional (haya o no mediado declaración oficial), hechos o actuaciones de las fuerzas armadas o de las fuerzas y cuerpos de seguridad en tiempo de paz, rebeliones, levantamientos populares o militares, actos terroristas, motines y tumultos populares, sin perjuicio de que estos pudieran estar cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros según la normativa vigente en cada momento para la cobertura de riesgos extraordinarios.
  11. El remolcaje del vehículo cuando se hayan hecho modificaciones técnicas que lo impidan.
  12. Queda excluida toda modificación de la carrocería original del vehículo que afecte a sus dimensiones o a su peso, las que afecten al diámetro de los neumáticos, así como cualquier otro elemento incorporado con el fin de tunear o personalizar el vehículo. Esta exclusión no aplica a los accesorios que estén contemplados como opcionales en el momento de compra del vehículo.
    En todo caso, la compañía queda liberada del pago de la indemnización y de cualquier otra prestación si el siniestro ha sido causado por mala fe del asegurado o del conductor autorizado por él, así como si en la declaración de siniestro se hubiera incurrido en falsedad intencionada o simulación, sin perjuicio de responsabilidades de otro orden que procedan.