Tendrán la consideración de accesorios todos aquellos elementos, instalados de fábrica o posteriormente con sobrecoste para el comprador, o aquellos que forman parte de una oferta o regalo por parte del concesionario/fabricante siempre que sean fijos no extraíbles. Se aplicará cobertura conforme se recoja en las garantías de daños propios, incendio o robo cuando se hallen contratadas en las Condiciones Particulares.
¿Cómo puedo consultar mi contrato?
Podrás acceder fácilmente desde el apartado “Documentación” de la app...
Leer más